Translate

ASIGNATURAS CUARTO NIVEL CONTABILIDAD Y AUDITORIA UNACH

sábado, 19 de noviembre de 2016




UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRATIVAS
CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA

ASIGNATURA DE CONTABILIDAD INTERMEDIA I

INTEGRANTES:
Ø DIEGO CALVA
Ø MARÍA JOSÉ RUÍZ
Ø ERIKA MONTES
Ø JOCELYNE MEDINA
Ø CYNTHIA LEDESMA
Ø ADRIANA VALLEJO
Ø ESTHER DUCHI
Ø JANETH COLLAGUAZO
TEMA: LEASING FINANCIERO Y LEASING OPERATIVO
                                                   
PERIODO ACADÉMICO: ABRIL 2016-AGOSTO2016

FECHA DE ENTREGA: 20 DE MAYO 2016


INTRODUCCIÒN
En este ambiente social y económico surge el leasing y se inserta en el mercado financiero como una técnica de financiamiento de la empresa complementaria a las tradicionales.
Debemos subrayar que el leasing no nace con el objeto de reemplazar a las clásicas fórmulas de financiamiento, no obstante en un valioso aporte a los prácticos para hacer frente a problemas financieros muy difíciles de solucionar a
A través de los acostumbrados negocios de créditos, ello aunado a la posibilidad de ir pagando la inversión conforme vaya produciendo el activo.
En poco tiempo el leasing se ha convertido en uno de los más importantes métodos de financiamiento en los países industrializados; sin embargo en nuestro país llama a reflexionar el descuido que la doctrina manifiesta respecto al estudio de este novel medio de financiamiento que fue ideado para promover y no para poseer, para estimular y no para gestionar.
El llamado arriendo financiero nació en el derecho anglosajón y se dice que la paternidad le corresponde a D.P. Boothe Jr. Que arrendo equipos para la fabricación de productos para el ejército de los Estado Unidos en el año 1952, a cambio de un pago mensual por el uso y con una opción de compra a la finalización del arrendamiento para adquirirlo a un precio previamente establecido
Por su parte, en el leasing operativo la principal característica es que se trata de un contrato de arrendamiento en el que no se contempla la posibilidad de que el arrendatario adquiera el dominio del bien al final del contrato.
El leasing operativo es ofrecido por aquellas empresas que tienen un stock previo de bienes, las que generalmente, en nuestro medio, están asociadas al negocio de la minería, donde hay maquinaria especializada que requiere una capacitación, servicio técnico y mantención constantes, que en este caso puede ser entregada por la misma empresa de leasing o por un tercero que se haya especializado en dichos servicios.
LEASING FINANCIERO.
En el leasing financiero, lo que existe es un contrato de arrendamiento con opción de compra, que faculta a la empresa a usar los bienes por un periodo a cambio del pago de una renta mensual.
El leasing financiero constituye en la práctica una forma de financiamiento para la adquisición de bienes de capital, tales como inmuebles y maquinarias. Esta es la principal razón por la que ha tenido tanto éxito este tipo de leasing, ya que permite adquirir bienes de alto costo a través del pago de una pequeña cuota mensual, que es posible financiar en el tiempo a través de los flujos futuros de ingresos operacionales que generan las empresas, con la ventaja de que no se afecta la liquidez de la empresa ni se compromete una alta carga financiera de corto plazo.
Se diferencia de un crédito bancario en que se financia el 100% del valor del bien, no se considera endeudamiento financiero, la empresa conserva su capital de trabajo, mantiene sus líneas de acceso a crédito, permite financiamiento de mediano y largo plazo, no se paga impuestos de timbres y estampillas y la renta de arrendamiento se puede rebajar de la base imponible sobre la que debe tributar la empresa.

ELEMENTOS:
a. Elementos personales:
1. Proveedor: La persona natural o jurídica, salvadoreña o extranjera que transfiere al arrendador la propiedad del bien objeto del contrato. El proveedor puede ser una persona que se dedica habitual o profesionalmente a la venta de bienes, o una persona que ocasionalmente enajena un bien o el mismo arrendador, es decir El dador o proveedor debe ser una entidad financiera o una sociedad que tenga por objeto operaciones financieras.
2. Arrendador: La persona natural o jurídica que entrega bienes en arrendamiento financiero a uno o más arrendatarios.
3. Arrendatario: La persona natural o jurídica, nacional o extranjera que al celebrar contrato de arrendamiento financiero, obtiene derecho al uso, goce y explotación económica del bien, en los términos y condiciones contractuales respectivos.
b. Elementos esenciales:
1. La cosa, el bien o bienes: Se refiere al bien que se dará en arrendamiento.
2. El precio: Que sea determinable al hacerse exigible.
3. El tiempo: En el arrendamiento, como lo indica su carácter temporal en la definición, el tiempo es un elemento esencial.
C. Elementos de validez:
1. Capacidad de goce y de ejercicio
2. Ausencia de vicios del consentimiento.
OBLIGACIONES:
• Obligaciones del Proveedor
Son obligaciones del Proveedor:
a) Entregar el bien objeto en arrendamiento financiero al arrendatario cuando el arrendador lo autorice;
b) Asegurar que los bienes por arrendar se encuentren libres de todo gravamen, en buen funcionamiento y sin vicios ocultos.
c) Responder por los reclamos cubiertos por las garantías de los bienes en arrendamiento.
d) Cumplir con las leyes de protección al consumidor; y
e) Otras que se pacten entre las partes.
• Obligaciones del Arrendador
El Arrendador que celebre contrato de arrendamiento financiero queda obligado a:
a) Pagar al proveedor oportunamente el precio acordado del bien;
b) Mantener los bienes arrendados, libres de embargos durante la vigencia del contrato, para asegurar la tranquila tenencia, uso y goce del bien por el Arrendatario.
c) El saneamiento por evicción; y
d) Las demás obligaciones estipuladas libremente entre las partes y las señaladas en la presente Ley.
El Arrendador, previo acuerdo de las partes, podrá ceder al Arrendatario todos los derechos y acciones que en este sentido tenga contra el Proveedor.
En los casos en que el Arrendador sea también Proveedor, le serán aplicables, además, las obligaciones que estipula el Artículo cuarto de la presente Ley.
• Obligaciones del Arrendatario
El Arrendatario se obliga, durante la vigencia del contrato de arrendamiento financiero, a:
a) Pagar las rentas o cánones en el plazo estipulado en el contrato;
b) Asumir los riesgos y beneficios asociados con la naturaleza puramente física y económica del bien;
c) Responder, civil y penalmente, por el uso del bien arrendado;
d) Respetar el derecho de propiedad de los bienes y hacerlo valer frente a terceros. Por lo tanto, en los eventos de quiebra, concurso de acreedores, o reestructuración forzosa de obligaciones, los bienes en arrendamiento financiero que explote el Arrendatario, no formarán parte de su masa de bienes y estarán excluidos de la misma para los efectos de ley; y
e) Las demás obligaciones estipuladas libremente entre las partes y las señaladas en la presente ley.
EXISTEN VARIAS CLASES DE ARRENDAMIENTO:
A. Arrendamiento Financiero.
El arrendamiento financiero es aquel mediante el cual una empresa (arrendadora financiera), se obliga a comprar un bien para conceder el uso de éste a un cliente (arrendatario), durante un plazo forzoso, el arrendatario a su vez se obliga a pagar una renta, que se puede fijar desde un principio entre las partes, siempre y cuando ésta sea suficiente para cubrir el valor de adquisición del bien, y en su caso los gastos accesorios aplicables.

Al término de la relación contractual, el arrendatario puede optar por comprar el activo a un precio inferior al del mercado, mismo que se puede fijar desde el inicio del contrato, prolongar el plazo del contrato a rentas inferiores a las anteriores o bien participar con la arrendadora de la venta del bien a un tercero.

B. Arrendamiento Puro.
Sigue los principios básicos del arrendamiento financiero con la salvedad de que otorga la posesión, pero no establece un mecanismo para otorgar la propiedad. En esta modalidad del arrendamiento, el arrendatario no tiene la opción de comprar el bien al término del contrato, por lo que la arrendadora le dará aviso de la terminación del contrato, en dicha notificación, se establecerá el valor de mercado del bien, ello a efecto de que en su caso, el arrendatario manifieste su deseo de adquirir el bien al valor indicado.
En caso de que el arrendatario no compre el bien, la arrendadora podrá venderlo a un tercero a valor de mercado o darlo a un tercero en arrendamiento puro o financiero, sin que éstas se consideren opciones terminales.
C. Sale & Lease back.
Consiste en la venta de un bien propiedad del arrendatario a una arrendadora financiera y ésta a su vez posteriormente se lo arrienda al arrendatario.
Ello mejora las condiciones de liquidez de este último, ya que le permite disfrutar de los servicios del bien a cambio de pagos sucesivos por el mismo durante la vigencia del contrato en incluso haber recibido una suma de dinero por el mismo bien al haberlo vendido. Se deberá consultar con cada arrendadora, cuales son los bienes susceptibles de este tipo de financiamiento.
En términos contables el leasing representa un gasto por lo cual en varios lugares del mundo puede deducirse de sus ingresos con el consecuente alivio fiscal.
VENTAJAS
1) No requiere del pago de una inicial, por lo que permite mantener la caja de las empresas para ser utilizada en el ciclo operativo y productivo, esto implica que permite financiar el 100% del valor total del activo a adquirir.
2) Las operaciones de arrendamiento no son consideradas operaciones de riesgo comercial a nivel bancario ya que, per se, se encuentran automáticamente respaldadas por un activo.
3) En muchos países el monto total de las cuotas del arrendamiento puede ser registrado como un gasto, por lo que disminuye el monto de impuestos a ser cancelados al cierre del ejercicio, esto ocurre en condiciones normales de forma más acelerada que la depreciación por uso y desgaste durante la vida útil del bien.
4 Permite flexibilizar y agilizar la actualización tecnológica de los equipos ya que al hacerse obsoletos o al verse desgastados por su uso estos pueden ser reemplazados casi inmediatamente por otros equipos adquiridos mediante un nuevo arrendamiento.
DESVENTAJAS:
1 Los arrendamientos suelen ser más costosos que los créditos bancarios por requerir una amortización más acelerada de capital lo que incrementa los costos financieros de las empresas
2)  No es posible hacerse de la propiedad del activo hasta tanto no termina el contrato de arrendamiento, momento en que se perfecciona su transmisión.
CUALES SON LOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL LEASING FINANCIERO?
1°- La entrega de un bien para su uso y goce.
2°- El establecimiento de un canon periódico, que lleva implícito el precio del derecho a ejercer una opción de adquisición.
3°- La existencia, en favor del locatario, de una opción de adquisición al terminarse el plazo pactado en el contrato, que podrá ejercer siempre y cuando cumpla con la totalidad de las prestaciones a su cargo.
4°- Que el bien objeto del Leasing sea susceptible de producir renta.
LEASING OPERATIVO
El leasing operativo tiene una característica muy particular de ser utilizado por los fabricantes, distribuidores o importadores directos que ofrecen a sus clientes otra alternativa de financiación mediante un contrato o arrendamiento operativo donde no existe en este caso particular la opción de compra por parte del arrendatario.

CARACTERÍSTICAS DEL LEASING OPERATIVO.
a) El contrato de arrendamiento puede ser revocable por el arrendatario con previo aviso.
b) El arrendador asume los riesgos técnicos y financieros.
c) La duración del contrato puede establecerse de 6 meses hasta 3 años o incluso más.
d) El arrendador no es la empresa especializada en leasing, en este caso asume esta responsabilidad legal el fabricante o productor, el distribuidor o representante del bien ofertado, en cualquiera de las opciones el objetivo es facilitar una estrategia de salida a sus bienes.
e) Las empresas que se dedican al leasing operativo por lo general ofrecen bienes con características estándar.
f) La cuota de arrendamiento incluye todos los posibles gastos del bien arrendado, así como su buen desempeño, seguro y en un dado caso su respectiva reposición si por alguna circunstancia  existiera un desperfecto o avería.
Los arrendadores del leasing operativo ofertan sus operaciones con un valor de desecho próximo al del mercado, esto incide en una disminución en las cuotas de alquiler. Esto nos da un panorama de tener una figura formal de un alquiler o prestación de servicios, a la que agregamos una financiación parcial del bien, ya que el valor actual del canon de arrendamiento cubre una parte del valor del activo.

Beneficios del leasing operativo, leasing de crédito o renting.
Para poder hablar de beneficios, tenemos que clasificar a personas naturales que tienen la capacidad de pago y pueden optar a este tipo de financiamiento, siendo su característica principal el goce y uso de los bienes con moderna tecnología y de las empresas que necesitan para poder operativizar sus actividades con algunos activos productivos tales como: vehículos, así como también el transporte de carga, etc.
Beneficios para Personas Naturales.
1- El canon de arrendamiento o cuota de alquiler es más baja.
2- No es necesario desembolsar o dar prima para formalizar el contrato.
3- La cuota pagada por el cliente incluye seguro, mantenimiento y asistencia a nivel local y regional.
4- Al finalizar el contrato, el cliente puede cambiar el vehículo por uno nuevo, pagando la misma cuota y disfrutando de nueva tecnología.
 Beneficios para las Empresas.
1- Se genera una mayor conservación y disponibilidad del capital de trabajo.
2- Menor dependencia de las líneas de crédito bancario.
3- El bien no se refleja dentro de los activos de la empresa, por lo tanto el rendimiento sobre los activos (ROI) no se ve afectado.
4- La adquisición del bien no se refleja en los estados financieros (balance), por lo tanto el nivel de endeudamiento no se incrementa.
5- La empresa puede deducirse el IVA de su cuota total.
6- Las cuotas de leasing operativo, leasing de crédito o renting, se contabilizan como un gasto, por lo tanto son deducibles al cálculo sobre el impuesto sobre la renta.
7- Este tipo de financiamiento busca más la funcionalidad en cada momento que la inversión en un bien para la empresa.

Al  finalizar el contrato se pueden dar las siguientes opciones:
a) Devolver el equipo y dejar de pagar.
b) Prorrogar la duración del contrato a cambio de un bien, con mejor tecnología.
Dependiendo el país en que se utilice, el leasing operativo es llamado también leasing de crédito y en algunos países europeos, especialmente en el mercado español a este tipo de leasing se le denomina “Renting” y su característica principal es la renovación o sustitución periódica del bien arrendado por uno nuevo, razón por la cual la finalidad perseguida es el uso y disfrute del bien y en ningún momento la adquisición del mismo
Según las NIIF para PYMES, un arrendamiento se clasificara como arrendamiento operativo, si no transfiere sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad.
CUALES SON LOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL LEASING OPERATIVO?
•La entrega del bien.
•El pago de un canon.
•La aptitud del bien para producir renta.
CONTABILIZACIÓN.
CONTABILIZACION DEL LEASING OPERATIVO, DE CREDITO O RENTING POR LOS ARRENDATARIOS.
Reconocimiento Contable.
Un arrendatario reconocerá los pagos de arrendamientos bajo arrendamientos operativos (excluyendo los costos por servicios tales como seguros o mantenimiento) como un gasto de forma lineal a menos que
(a) otra base sistemática sea más representativa del patrón de tiempo de los beneficios del usuario, incluso si los pagos no se realizan sobre esa base, o
(b) los pagos al arrendador se estructuren de forma que se incrementen en línea con la inflación general esperada (basados en índices o estadísticas publicadas) para compensar los incrementos de costo por inflación esperados del arrendador. Si los pagos al arrendador varían debido a factores distintos de la inflación general, esta condición (b) no se cumplirá.
Ejemplo de aplicación:
X opera en una jurisdicción en la que la previsión de consenso de los bancos locales es que el índice de nivel de general precios, que publica el gobierno, se incrementará en una media del 10 por ciento anual durante los próximos cinco años. X arrienda a Y espacio para oficinas bajo arrendamiento operativo para cinco años. Los pagos del arrendamiento se estructuran para reflejar la inflación general anual esperada del 10 por ciento a lo largo del plazo de cinco años del arrendamiento de la siguiente forma
Año 1 $ 20,000.00
Año 2 $ 22,000.00
Año 3 $ 24,200.00
Año 4 $ 26,620.00
Año 5 $ 29,282.00
X reconoce un gasto por arrendamiento anual igual a los importes debidos al arrendador que se muestran arriba. Si los pagos crecientes no se estructuran con claridad para compensar al arrendador por los incrementos del costo por inflación esperados basados en los índices o estadísticas publicadas, X reconoce el gasto por arrendamiento anual de forma lineal: $ 24,420.00 cada año (suma de los importes por pagar según el arrendamiento divididos en cinco años).
Información a revelar.
Un arrendatario revelará la siguiente información para los arrendamientos operativos:
(a) El total de pagos futuros mínimos del arrendamiento, bajo contratos de arrendamiento operativo no cancelables para cada uno de los siguientes periodos:
(i)   hasta un año;
(ii)  entre uno y cinco años; y
(iii) más de cinco años.
(b) Los pagos por arrendamiento reconocidos como un gasto.
(c) Una descripción general de los acuerdos de arrendamiento significativos incluyendo, por ejemplo, información sobre cuotas contingentes, opciones de renovación o adquisición y cláusulas de revisión, subarrendamientos y restricciones impuestas por los acuerdos de arrendamiento.
EN QUE SE DIFERENCIA EL LEASING FINANCIERO DEL LEASING OPERATIVO?
La diferencia fundamental consiste en que en el leasing financiero siempre existe una opción de adquisición, pactada desde el inicio del contrato a favor del locatario, mientras que en el operativo sólo se presenta esta opción excepcionalmente, y de existir, es por el valor comercial del bien (Opción de compra a precio comercial).
En el leasing financiero, la vocación del bien es pasar al patrimonio del locatario, al paso que en el operativo es permanecer en poder del arrendador.
La opción de adquisición en un leasing financiero puede estar determinada en valor en el contrato, o ser determinable siempre y cuando claramente se indique como llegar a su determinación y dicha determinación guarde relación con el valor del bien en el momento en que se inicie el contrato.
GLOSARIO.

BIBLIOGRAFÍA:





No hay comentarios.:

Publicar un comentario